Aviación Privada FBO
En ASUR contamos con instalaciones FBO en nuestro aeropuerto de Cancún disponibles para la aviación general de México, Estados Unidos y Latinoamérica.
Nuestra gama de servicios incluye: servicios de apoyo en tierra, coordinación de combustible, transportación terrestre, renta de autos, alimentos y bebidas gourmet, entre otros servicios especiales para tripulación y pasajeros.
Un equipo dedicado a nuestros FBOs tiene el compromiso de brindar altos niveles de excelencia mediante estrictas reglas de seguridad, para proteger a nuestros clientes.
Requerimientos de Autoridades |
Ubicación | Servicios FBO | Contrata en línea |
Al realizar una operación a través de nuestros FBOs, se deben considerar los siguientes requisitos indispensables para entrar al país:
Documentos requeridos en original
- Registro de Matrícula
- Certificado de Aeronavegabilidad
- Póliza de seguro válido en México o de cobertura mundial
- Licencias de los pilotos
- Permisos de entradas sencillas o de entradas múltiples (es su caso)
También considerar que:
- Las aeronaves privadas o no comerciales podrán solicitar permisos de entrada sencilla o de entradas múltiples en las oficinas locales de la D.G.A.C.
- El permiso de entradas múltiples para aeronaves privadas o no comerciales tiene un costo de $1,441.00 pesos.
- Las aeronaves comerciales y las ambulancias aéreas deben contar con la autorización correspondiente de la Dirección de Transporte y Control Aeronáutico antes de su llegada.
Para migración / aduana
Migración
- Declaración general (especificando tipo de aeronave y matrícula, salida, llegada, tripulación y datos de los pasajeros)
- Pasaporte válido
- Visa (para los países que la requieran)
- Formato migratorio (1 por pasajero o tripulante)
Para mayor información, consulte la página www.gob.mx/inm
Aduana
- Declaración de aduana. Cada pasajero o jefe de familia debe presentar una declaración de aduana.
- Se llevarán a cabo revisiones aleatorias del equipaje de los pasajeros.
- Todo el equipaje de los tripulantes será revisado por los agentes aduanales (únicamente si el tripulante permanece en el país o abandona la Terminal FBO).